Vigilante explosivos Balbo

Curso Vigilante de Explosivos

Con el curso de Vigilante de Explosivos en Balbo, te prepararemos para pasar las pruebas oficiales ante la Policía Nacional y obtener la tarjeta de identificación profesional (TIP) por el Ministerio del Interior.

Durante la formación, todos nuestros alumnos cuentan con el asesoramiento en cuanto trámites y gestiones administrativas se refiere, igual que en los cursos oficiales de Vigilante de Seguridad y Escolta Privado.

Requisitos

Para poder habilitarte y trabajar como Vigilante de Explosivos, tienes que cumplir los siguientes requisitos

  1. Tener la habilitación de Vigilante de Seguridad o estar en posesión de obtenerla
  2. Carecer de antecedentes penales

Pruebas

El curso de Vigilante de Explosivos es una especialidad del Vigilante de Seguridad, lo puedes realizar una vez tengas la habilitación de Vigilante de Seguridad o simultáneamente preparar las dos habilitaciones. 

Pruebas teóricas: consiste en contestar por escrito en 15 minutos a un cuestionario de 25 preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, ajustadas al programa específico correspondiente a la especialidad. Esta prueba escrita será calificada de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 para aprobar.

Temario

El temario está compuesto por 2 módulos:

  1. Módulo Jurídico: consta de Derecho Administrativo especial, Reglamento de Explosivos, Derecho Penal Especial 
  2. Módulo Técnico: Armamento, Teoría del tiro, Normas de seguridad en el manejo de las armas, Tiro de instrucción, Explosivos, Iniciadores, Cartuchería y pirotecnia, Medidas de seguridad

Incluye: manual, práctica obligatoria de tiro con fuego real, clases de repaso, tutor personal

Según establece la Secretaría de Estado de Seguridad, el curso durará 30 horas presenciales en total, contando con una plataforma para hacer test adicionalmente.

Funciones del Vigilante de Explosivos

El personal Vigilante de Explosivos se encarga de la protección del almacenamiento, transporte y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios, en relación con explosivos u otros objetos o sustancias peligrosas que reglamentariamente se determinen.

Plazas limitadas, si quieres apuntarte o necesitas más información llámanos al 927 625 254 o aquí.

También tenemos cursos de: cap, adr, vigilante de seguridad, oposiciones ses, oposiciones Junta, oposiciones Diputación…

Guarda rural caza pesca Balbo

Curso Guarda Rural y Guarda de Caza Gratuito

Estamos organizando un curso nuevo de guarda rural y de guarda de caza totalmente gratuito. La modalidad del curso sería presencial con horario de tarde y una vez terminado el curso se facilitarán claves para acceder a nuestra plataforma para la realización de test.

El curso tiene una duración aproximada de un mes y medio.

Se van a preparar todas las áreas: jurídica, socioprofesional, técnicoprofesional, instrumental y además la parte física y la prueba de tiro con fuego real.

 Requisitos

  • Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea
  • Estar en posesión de título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores
Os recordamos que las funciones de los guardas rurales son similares a las del vigilante de seguridad, variando el ámbito: funciones de vigilancia y protección de personas y bienes en fincas rústicas, así como en las instalaciones agrícolas, industriales o comerciales que se encuentren en ellas. Y obteniendo la especialidad de guarda de caza, se amplían las funciones del guarda rural, incorporando las de vigilancia y protección en las fincas de caza. Una de las diferencias fundamentales con los vigilantes de seguridad es que, los guardas rurales podrán desarrollar sus funciones sin necesidad de estar integrados en empresas de seguridad, prestando sus servicios directamente a los titulares de bienes y derechos que les puedan contratar.

Al ser un curso gratuito las plazas están limitadas, si quieres apuntarte o necesitas más información llámanos al 927 625 254 o aquí.

También tenemos cursos de: cap, adr, vigilante de seguridad, oposiciones ses, oposiciones Junta, oposiciones Diputación…

En Formación Balbo vamos a realizar próximamente dos curso de mercancías peligrosas (ADR): uno de obtención y otro de renovación de transporte, ambos SUBVENCIONADOS.

Por lo que si estás interesado en realizarlo puedes reservar ya tu plaza y no quedarte sin ella, ya que hay pocas plazas y se agotan pronto por ser subvencionados.

Los cursos están previstos que se imparta en fines de semana (excepto festivo) los viernes en horario de tarde y los sábados y domingos en horario de mañana.

Apúntate lo antes posible, hay plazas limitadas por ser subvencionado. LLama al 927 625 254 o aquí.

cursos gratuitos transporte

En breve tendremos algunos cursos gratuitos de transporte, estos cursos serán de tacógrafo, PRL en la conducción, protocolo prevención en  accidentes…

Aún no tenemos fecha prevista, pero puedes ponerte en contacto con nosotros y apuntarte de forma previa llamándonos al 927 62 52 54 o aquí.

 

Examen vigilante

Hoy se ha publicado el acuerdo por el que se publican las listas definitivas de aspirantes de Vigilante de Seguridad de la primera convocatoria, así como las fechas de exámenes de cada sede:

Sede: Córdoba
Primer ejercicio (aptitud física)
Lugar: Universidad de Córdoba – Campus Universitario de Rabanales
Dirección: Ctra. Nacional IV, Km. 396, Estadio Universitario Monte Cronos,
CP 14071. CÓRDOBA.
Día y hora: 24 de marzo de 2023 a las 09:00 horas
Segundo ejercicio (conocimientos teórico-prácticos)
Lugar: Universidad de Córdoba -Campus Universitario de Rabanales
Dirección: Ctra. Nacional IV, Km. 396, Aulario AVERROES, 14071. CÓRDOBA.
Día y hora: 25 de marzo de 2023.
* Vigilantes de Seguridad a las 09:30 horas.
* Escoltas Privados a las 11:30 horas.
* Vigilantes de Explosivos a las 12:30 horas.

 

Sede: Madrid
Primer ejercicio (aptitud física)
Lugar: Centro Deportivo Municipal “Margot Moles”.
Dirección: Paseo del Polideportivo 3 – C.P.28032 MADRID.
Día y hora: 17 de marzo 2023 a las 09:00 horas.
Segundo ejercicio (conocimientos teórico-prácticos)
Lugar: División de Formación y Perfeccionamiento.
Dirección: Plaza de Carabanchel, Nº 5 – MADRID.
Día y hora: 25 de marzo de 2023.
* Vigilantes de Seguridad a las 09:30 horas.
* Escoltas Privados a las 11:30 horas.
* Vigilantes de Explosivos a las 12:30 horas

 

Aquí os adjuntamos el documento completo:

ACUERDO DEFINITIVO

Os recordamos que realizamos los cursos específicos y especialidades, para más información aquí o llámanos al 927625254

mujer

Hoy, 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, se reconocen los logros que han conseguido las mujeres a lo largo de la historia, gracias a una lucha que llega a nuestros días.

Miles de huelgas, manifestaciones y reivindicaciones han ido consiguiendo más derechos para las mujeres, tanto en lo laboral como en lo social. Se consiguió el derecho a voto, el derecho a decidir, a ser independiente, a poder trabajar y a cobrar un salario digno.

Y todavía queda mucho por conseguir, por las mujeres de nuestro país, que piden igualdad y que dejen de matarlas, y por las mujeres de otros países, que no pueden alzar la voz.

Desde Balbo os damos la enhorabuena por los logros conseguidos y nuestro apoyo en los que faltan.

centros comerciales vigilante balbo

Se ha convocado una huelga de ámbito supraautonómico en el sector de la seguridad privada, por determinadas organizaciones sindicales, para el próximo día 8 de marzo.

Están previstos los siguientes servicios mínimos:

1.- Servicios de seguridad en centrales nucleares, instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles; en las fábricas de armas de fuego, en las de explosivos y en sus almacenamientos; en las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables; en servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad (art. 2.1.a.c.f. y g). No inferior al 70%.

 

2. Servicios de seguridad en las actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en las de transporte y distribución. No inferior al 70%.

3.– Servicios de seguridad en los Bancos, Cajas de Ahorro, Entidades de crédito y en todos aquellos otros establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio (art. 2.1, e). No inferior al 70%.

4.- Servicios de seguridad en los transportes públicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.) y en los centros de telecomunicaciones; en centros y sedes de medios de comunicación social (Art. 5.1,h). No inferior al 60%.

5.- Servicios de protección de la seguridad personal (art. 2.2). No inferior al 80%.

6.- Servicios de seguridad en centrales de alarma (art. 5.3). No inferior al 60%.

Los porcentajes establecidos en los apartados anteriores comprenderán en todo caso, como mínimo, un vigilante de seguridad. No obstante, y con independencia de lo anterior, en todos los supuestos se deberá contar con la dotación mínima determinada en la normativa, autorización, plan de seguridad o de autoprotección que corresponda aplicar a en cada caso.

 

Conductor descanso balbo

La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM),  ha dado difusión a la publicación por parte de la Comisión Europea de una nota aclaratoria sobre la aplicación de la prohibición de tomar el descanso semanal regular en un vehículo.

Tal y como ha podido comprobar el departamento de normativa de la CETM, al tiempo que confirma su interpretación anterior de que “los conductores o empresarios pueden ser multados por incumplimiento de la prohibición de tomar el descanso semanal normal (o descanso de más de 45 horas tomado en compensación) en el vehículo cuando ellos/sus conductores son sorprendidos tomando un descanso semanal normal dentro del vehículo en el momento del control”, los servicios de la CE amplían su interpretación con los siguientes aspectos nuevos:

Los inspectores tienen derecho a preguntar a los conductores dónde han realizado su descanso semanal, aunque no pueden exigirles que presenten pruebas de ello y, en consecuencia, no pueden imponer una multa por la ausencia de tales pruebas. Sin embargo, los conductores pueden, de forma voluntaria, aportar pruebas pertinentes, como facturas de hotel.
Nada impide a las autoridades comprobar los descansos efectuados en las cuatro semanas anteriores (28 + día en curso) en otro Estado miembro.
En los casos en que la legislación nacional permita “una admisión oral del conductor como prueba válida” para establecer una infracción, las autoridades pueden imponer una multa, basándose en la admisión oral del conductor.

En los casos en que exista la sospecha de una infracción por parte de la autoridad de un Estado miembro “de acogida”, pero las pruebas disponibles no sean suficientes para confirmarla, se anima a las autoridades de los Estados miembros “de acogida” y “de establecimiento” a que se comuniquen entre sí y se apoyen mutuamente.

 

 

A continuación un extracto de la fuente original:

CLÁUSULA DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: Este conjunto de preguntas y respuestas fue preparado
por los servicios de la Comisión y no compromete a la Comisión Europea. Solo el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea es competente para formular interpretaciones vinculantes del Derecho de la Unión.

[5. ¿Qué se entiende por alojamiento adecuado y respetuoso con el género para disfrutar de los
períodos de descanso semanal normal?]
Artículo 8, apartado 8
La legislación aclara que los descansos semanales normales de al menos 45 horas deben tomarse
en alojamientos adecuados para el género con instalaciones sanitarias y para el descanso
adecuadas, y que no pueden tomarse en la cabina del vehículo.
No existe una definición ni una lista de criterios para definir el concepto de alojamiento
adecuado en la legislación y es importante dejar flexibilidad en cuanto al tipo de alojamiento que
pueden utilizar los conductores.
Sin embargo, el artículo 8, apartado 8, exige claramente que el alojamiento ofrezca instalaciones
para el descanso e instalaciones sanitarias adecuadas. Las instalaciones deben dejar suficiente
privacidad a cada individuo.
Varios tipos de alojamiento pueden cumplir estos criterios, por ejemplo, un hotel, un
apartamento de alquiler o una vivienda privada.

[6. ¿Qué pruebas debe presentar un conductor a una autoridad de control para demostrar que no
ha disfrutado del descanso semanal normal en el camión, sino en un alojamiento adecuado?]
Artículo 8, apartado 8
El artículo 34, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 165/2014 especifica que los Estados
miembros no impondrán a los conductores la obligación de presentar ningún formulario que
acredite las actividades de los conductores fuera del vehículo. Esto incluye también la situación
de tomar un descanso semanal normal fuera del vehículo. Así pues, los responsables de la
aplicación no pueden exigir a los conductores documentos que demuestren que su descanso
semanal normal previo a la inspección en carretera no transcurrió en el vehículo.
Los conductores o empresarios solo pueden ser multados por el incumplimiento de la prohibición
de tomar el descanso semanal normal (o un descanso de más de 45 horas que se tome en
compensación) en el vehículo cuando se descubra a sus conductores disfrutando de un descanso
semanal normal dentro del vehículo en el momento del control.

CAP RENOVACIÓN

En Formación Balbo vamos a realizar el próximo mes de marzo/abril la formación continua (renovación) para el CAP.

Este curso es 100% bonificable para las empresas por lo que te puede salir a coste cero.

Se realizará en enero/febrero los días:

  • 31 MARZO
  • 1, 2, 3, 14 y 15 ABRIL

Tiene una duración de 35 horas y lo realizaremos en dos fines de semanas los viernes en horario de tarde y sábados y domingos en horario de mañana.

Puedes reservar tu plaza aquí o en el 927 62 52 54.

También disponemos del curso de Capacitación para el Transporte, infórmate.

eventos deportivos y espectaculos publicos

En la academia Balbo vamos a realizar el curso específico de Eventos deportivos y espectáculos públicos para vigilantes de seguridad. Este curso es necesario para poder trabajar en esos ámbitos.

El curso tiene una duración de 10 horas presenciales, es oficial ya que se comunica a la DGP, se sellarán las cartillas de los participantes y se les entregará un diploma acreditativo de la formación recibida.

 

Si quieres apuntarte u obtener más información estamos disponibles en el teléfono 927625254 o aquí.

Scroll al inicio