Novedades ADR 2019
El 1 de julio entró en en vigor el nuevo ADR 2019, en el que hay cambios muy importantes, de los que ya publicamos un artículo en el que explicábamos algunas de las novedades, hoy os seguimos contando que variaciones ha sufrido:
Nomenclatura de términos
Se ha cambiado el término “riesgo” por el de “peligro”.
Surge el concepto de “objetos”, que en su interior albergan mercancías peligrosas y por tanto entran a formar parte del ámbito del ADR, aunque dependiendo de sus modos de embalaje, pueden quedar exentos. Los objetos comprenden aquellas máquinas, aparatos o dispositivos que contengan mercancías peligrosas o residuos de estas en su interior, que forman parte integrante del objeto, y son necesarios para su funcionamiento y no pueden separarse para el transporte.
Obligatoriedad de designar consejero de seguridad a los expedidores (31/12/2022)
Las empresas que participen en el transporte de mercancías peligrosas únicamente como expedidores y que no hayan tenido que designar un consejero de seguridad en base a las disposiciones aplicables hasta el 31 de diciembre de 2018, no obstante, lo dispuesto en 1.8.3.1 en vigor desde el 1 de enero de 2019, deberán designar un consejero de seguridad a más tardar el 31 de diciembre de 2022
Remodelación de la clase 8 corrosivos.
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