Multas para quien obligue a realizar la carga al camionero

Multas por conducir sin CAP o con CAP caducado

Hasta la reforma de la ley que regula los cursos de CAP (RD 284/2021) y su entrada en vigor el año pasado, la fecha de renovación era la de finalización del curso, por lo que se apuraban las fechas. Esto provocaba que debido al tiempo de expedición de la tarjeta el conductor hubiera realizado la formación y no dispusiera de ella físicamente. En el caso de que fuera denunciado y estuviera pendiente de que le llegara la tarjeta la sanción no llegaba a realizarse.

Con la aprobación de la nueva legislación concretamente el artículo 20, cambia la situación:

Artículo 20. Tarjeta de cualificación del conductor.

[…]

Dicha tarjeta se expedirá con un período de vigencia de cinco años, transcurrido el cual se entenderá caducada, salvo que el conductor realice un curso de formación continua antes de los doce meses anteriores a la fecha de caducidad de su tarjeta, en cuyo caso se contará la vigencia de cinco años desde la fecha en la que se ha superado el correspondiente curso. En este último supuesto, el órgano competente procederá a la retirada de la tarjeta anterior.

Este artículo indica que se permite renovar el CAP con doce meses de antelación manteniendo la fecha, por lo que los tiempos de expedición ya no pueden tenerse en cuenta y por tanto conducir sin la tarjeta del CAP por no haberla recibido implicará una multa de 600€.

Esperamos haber resuelto las dudas y estamos a vuestra disposición para realizar cursos de transporte como CAP, ADR, capacitación, tacógrafo digital, estiba y desestiba, etc.

Más información en el 927625254.

Multas para quien obligue a realizar la carga al camionero

Multas por conducir sin CAP o con CAP caducado

El CAP es una formación obligatoria puede consistir en una cualificación inicial o en una formación continua. La cualificación inicial CAP se realiza en un curso de 280 h (modalidad ordinaria) o 140 h (modalidad acelerada) y superar un examen. La formación Continua mediante un curso de 35 h sin tener que realizar examen.

Y, ¿qué ocurre si la G.C. te para en un control y no llevas la tarjeta CAP, pero sí la tienes?

Si lo tienes en vigor y simplemente no lo llevas encima, primero harán la comprobación de que esto es cierto (que se tiene y que está en vigor), si lo tramitan como «No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio» en ese caso serían 201€ para la empresa. También podría tramitarse (aunque no es habitual) por no llevar la documentación necesaria, por lo que será calificado como infracción leve y la sanción máxima que se puede imponer es de 100 € y mínima de 10 € en este caso al conductor.

No tengo el CAP o está caducado

La Ley de Ordenación del Transporte Terrestre ( LOTT ) en su art. 140.18 indica que la realización de transportes públicos o privados utilizando conductores que carezcan del certificado de aptitud profesional o de la tarjeta de cualificación (CAP) en vigor como una infracción muy grave sancionada con multa de 2.001 a 4.000 euros.

Además, podrá dar lugar a la pérdida de la honorabilidad de la persona que, en su caso, ocupe el puesto de gestor de transporte en la empresa infractora, durante un plazo no superior a un año y que conviene recurrir, ya que si no se tienen más infracciones graves no suele llevarse a cabo. De todas formas más adelante publicaremos un artículo sobre la pérdida de la honorabilidad en el que entraremos más en el detalle de este aspecto.

La sanción de 2001 a 4000 euros se la imponen a la empresa de transporte o al transportista si es autónomo, ya que es la empresa la que tiene que velar por que sus conductores tengan la formación.

No tengo el CAP porque estoy pendiente de recibir la tarjeta

En este caso en particular, al pararte el procedimiento va a ser igual que si no tuvieras la tarjeta. La Guardia Civil registra el hecho de que no se tiene, posteriormente realiza la consulta al Ministerio de Fomento o la consejería de la CCAA competente, ahí les indican que estás pendiente de recibirlo y normalmente no se emite sanción. También cabe la posibilidad de que se emita pero después hay que solicitar que se retire.

Muchas veces nos solicitan un certificado de que se ha hecho el curso o la copia de la solicitud de la tarjeta, para enseñarselo al agente de la G.C., normalmente no surtirá efecto, pero igualmente al final no habrá sanción por lo explicado anteriormente.

Tengo el CAP caducado y estoy haciendo el curso

Hasta que no finaliza el curso estamos en la situación de CAP caducado, por lo que las sanciones serían las mismas (2000 a 4000 euros + pérdida honorabilidad).

Esperamos haber resuelto las dudas y estamos a vuestra disposición para realizar cursos de transporte como CAP, ADR, capacitación, tacógrafo digital, estiba y desestiba, etc.

Más información en el 927625254.

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