centros comerciales vigilante balbo

Se ha convocado una huelga de ámbito supraautonómico en el sector de la seguridad privada, por determinadas organizaciones sindicales, para el próximo día 8 de marzo.

Están previstos los siguientes servicios mínimos:

1.- Servicios de seguridad en centrales nucleares, instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles; en las fábricas de armas de fuego, en las de explosivos y en sus almacenamientos; en las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables; en servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad (art. 2.1.a.c.f. y g). No inferior al 70%.

 

2. Servicios de seguridad en las actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas, billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en las de transporte y distribución. No inferior al 70%.

3.– Servicios de seguridad en los Bancos, Cajas de Ahorro, Entidades de crédito y en todos aquellos otros establecimientos, instalaciones o actividades en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general, con carácter obligatorio (art. 2.1, e). No inferior al 70%.

4.- Servicios de seguridad en los transportes públicos (puertos, aeropuertos, ferrocarriles, etc.) y en los centros de telecomunicaciones; en centros y sedes de medios de comunicación social (Art. 5.1,h). No inferior al 60%.

5.- Servicios de protección de la seguridad personal (art. 2.2). No inferior al 80%.

6.- Servicios de seguridad en centrales de alarma (art. 5.3). No inferior al 60%.

Los porcentajes establecidos en los apartados anteriores comprenderán en todo caso, como mínimo, un vigilante de seguridad. No obstante, y con independencia de lo anterior, en todos los supuestos se deberá contar con la dotación mínima determinada en la normativa, autorización, plan de seguridad o de autoprotección que corresponda aplicar a en cada caso.

 

EL COMITÉ NACIONAL DEL TRANSPORTE POR CARRETERA CONVOCA UNA HUELGA

En las últimas horas el CNTC ha convocado unos días de cese de actividad entre las 24 horas del día 19 de diciembre y las 24 horas del 22 de diciembre del presente año.

Esto viene dado por el abandono por parte del Gobierno de España al sector del transporte de mercancías por carretera, después de varios años de negociación alrededor del paquete reivindicativo del 20 de febrero del 2020, con temas como: la prohibición de que los conductores realicen la carga y descarga de los camiones, la no implantación de Euroviñeta, aplicación obligatoria de la cláusula de revisión del coste del combustible, la construcción de áreas de descanso seguras para los profesionales, etc.

Además, esto está provocando un enorme problema de falta de conductores profesionales, ante el trato y las condiciones en las que realizan su trabajo.

Por todo esto, el Comité Nacional del Transporte por Carretera, en su Departamento de Mercancías, se ve obligado a convocar la huelga los días señalados anteriormente y solo un cambio radical y urgente por parte de Gobierno y clientes podría evitar este conflicto.

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