Multas para quien obligue a realizar la carga al camionero

En el día de hoy se ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, que recoge, multas por obligar a los camioneros a realizar labores de carga y descarga que irán desde los 4.001 a los 6.000 euros.

Está norma expresa la prohibición de realizar labores de carga y descarga por parte del conductor, lo que ocurre es que este punto no recogía las multas que se podían imponer, y ahora, el Decreto Ley impone estas sanciones,  pero entrará en vigor a los seis meses de la publicación, se decir, el 2 de septiembre de 2022.

Este Real Decreto-Ley modifica la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres. Concretamente el artículo 140.41, que considera una infracción muy grave «la realización de las operaciones de carga o descarga por el propio conductor del vehículo contraviniendo las limitaciones que resulten de aplicación de conformidad con lo dispuesto en esta ley»

Estas sanciones repartía la responsabilidad entre transportistas y cargadores por la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Este Decreto-Ley también tiene una serie de excepciones, podéis consultarlo en su totalidad en el siguiente enlace: Real Decreto-Ley

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